Hombre en llamas

Hombre en llamas
Hombre en llamas. Orozco, J.C. Algunos críticos interpretan el mural como una glorificación de los cuatro elementos, otros ven en cada una de las figuras una simbología inherente al hombre mismo: el hombre teológico (que simboliza la tierra), el cual despierta en el mundo y convierte en dioses los fenómenos naturales que no comprende; el hombre metafísico (que simboliza el viento), el cual empieza a tener conciencia, reflexionando sobre la realidad del mundo; el hombre científico (que simboliza el agua), el cual analiza los fenómenos, los objetos, penetrando con su razón en sus esencias. Finalmente el hombre de fuego que debería simbolizar a Prometeo, el que rebelándose a los dioses entregó a los hombres la chispa del fuego, la cual representa al mismo tiempo la razón y la libertad. Así el hombre, ya libre, crea las artes en su constante lucha de superación; el hombre hecho fuego de pasiones, de anhelos de conquistas, pero sobre todo dueño de su vida, de su destino y de sus decisiones.

miércoles, 15 de abril de 2020

Sanatorios alertan: No tenemos insumos y el hospital nuevo será insuficiente



LOS CAPITALISTAS DE LA SALUD PRIVATIZAN LAS GANANCIAS Y SOCIALIZAN LAS PERDIDAS. SE DICEN EMPRENDEDORES PERO NO INVIERTEN. LA SALUD ES UN DERECHO NO ES MERCANCIA. LA SALUD DEBE SER PUBLICA Y UNIVERSAL.

Sanatorios alertan: No tenemos insumos y el hospital nuevo será insuficiente: La Asociación de Clínicas y Sanatorios del Chaco (Aclysa) alertó sobre la imposibilidad del sector privado de la salud de hacer frente a la pandemia de coronavirus por la falta de insumos y equipos de protección para el personal. Armando Frangioli dijo que no cuentan con los equipos de bioseguridad homologados para abordar el Covid-19 …

Trabajadores de la sanidad denuncian falta de elementos de bioseguridad necesarios ante el coronavirus 13/04/202

https://facundoquiroga.com/trabajadores-de-la-sanidad-denuncian-falta-de-elementos-de-bioseguridad-necesarios-ante-el-coronavirus/?fbclid=IwAR0XlSb8cWAh7imTNI8ZGOhdadfEIXO_5LRlAqJGEbqVhNn4DADWTp9l-gg

lunes, 17 de septiembre de 2018

Compartimos nota número 7 de nuestra sección "De interés para el activismo". Herramientas básicas para La organización gremial.
7) Elecciones de delegados
Los cuerpos de delegados por lugar de trabajo son la base fundamental de un sindicato. Así lo entiende el clasismo. No así la burocracia sindical que frecuentemente no afilia ni convoca elecciones de delegados para evitar la organización de la base del gremio y en acuerdo con las patronales que “remuneran” mediante los retornos de la corrupción la no existencia de delegados en los lugares de trabajo. Como consecuencia de esta desidia de los sindicatos, el 80% de los establecimientos en la Argentina no tienen organización gremial de fábrica, a pesar de la enorme tradición en ese sentido de la clase obrera argentina. Nuestro objetivo es que todos los establecimientos y reparticiones tengan delegados, aún los más pequeños. Y luego, que esos delegados funcionen en plenarios, que mandatados por asambleas de los lugares de trabajo constituyen un cuerpo formidable de unión de los trabajadores para organizarse y golpear en conjunto, al tiempo que deliberar a través de los representantes directos.
El número de delegados que establece la ley 23551, uno cada cien después de los primeros cien, fue copiado de la ley de Asociaciones Profesionales de la dictadura militar por los redactores de la actual ley, la burocracia sindical peronista, en tiempos de Alfonsín. El objetivo estratégico de la burguesía o sea del conjunto de la patronal, es debilitar del mayor modo posible el núcleo de la organización sindical, que es el cuerpo de delegados de fábrica. Nosotros luchamos por cambiar los estatutos y convenios adaptados a la ley actual y promover el número de delegados por trabajador que establecen los mejores convenios como los mencionados.
Para postularse como delegado, los requisitos son tener 18 años de edad, un año de afiliación y un año de labor en la empresa. En esto hay que ser muy cuidadosos porque el sindicato es el único que lleva el control de la afiliación (el Ministerio no lo hace). Entonces, la fecha de afiliación se acredita con la verificación de los descuentos del recibo de sueldo.
Las únicas excepciones a este requisito son cuando se trate de la primera elección dentro de la empresa o cuando, por recién comenzada la afiliación, no exista quien cumpla este requisito.
La evaluación de presentarse como candidato es política y tendrá que ver con la relación de fuerzas y el estado de la actividad gremial en la empresa. Los modos de postularse son muchos y dependen de cada gremio.
El sindicato es el que debe convocar a elecciones de delegado/s por lo menos con 10 días de anticipación. La convocatoria debe ser pública y del conocimiento de todos los trabajadores, por cartelera gremial, y no es requisito la publicación en ningún diario.
La convocatoria debe contener la fecha de las elecciones, el lugar donde se llevarán a cabo y los puestos a cubrir, con un plazo de antelación adecuado para que se puedan postular los candidatos. Este plazo –el que media entre la convocatoria y la elección puede encontrarse en el estatuto o en convenios del gremio. Nunca puede ser inferior a los 10 días, que es el plazo mínimo que fija la reglamentación de la Ley de Asociaciones Sindicales.
Si cumplimos los requisitos, tomemos siempre la precaución de enviar un telegrama a la patronal donde notifiquemos nuestra postulación “en los términos del Art. 50 de la Ley 23.551”.
Si la inminencia de las elecciones acelera las posibilidades del despido de un activista, se puede evaluar sindicalmente si igual se presenta este telegrama, que aunque no cubre en cuanto a fueros, abre la defensa por un posible despido por discriminación gremial, en el marco de la Ley 23.592, y la posible reinstalación.
En los lugares de trabajo donde no exista una asociación sindical con personería gremial, las elecciones podrán ser convocadas por un sindicato con inscripción simple.
La cantidad de delegados que se puede elegir por lugar de trabajo está contenida en el artículo 45 de la Ley 23.551. De 10 a 50 trabajadores, 1 delegado; de 51 a 100, 2 delegados. En los establecimientos donde haya más de 100 trabajadores, se adicionará un delegado más cada 100 trabajadores. De 101 a 200, tres delegados; de 201 a 300, 4 delegados, etc.
Estas proporciones establecen los mínimos, pero a través de convenios colectivos, estatutos o aun actas se puede aumentar el número (UOM, gráficos,etc.). Nunca un número inferior al que fija la LAS.
Cuando en un lugar de trabajo exista más de un turno, se deberá elegir por lo menos un representante sindical por turno. Por ejemplo si hay una fábrica donde hay treinta operarios, tres turnos y 10 trabajadores por turno se elegirán 3 delegados, uno por turno.
En los hechos, el sindicato convoca a elecciones cuando quiere o cuando la relación de fuerzas lo permite o lo obliga; y lo hace en los plazos en que quiere, confiando en que el trámite de reclamo ante el Ministerio de Trabajo durará lo suficiente como para permitirle desdecirse. En algunas oportunidades tampoco las convoca. Ante la negativa del sindicato a convocar a elecciones se puede evaluar la elección de una comisión de reclamos mediante una asamblea y luego reclamar –o no– su legitimación por parte del sindicato o del Ministerio, o su reconocimiento por parte de la patronal.
En estos casos, nuevamente se recomienda notificar a todos los intervinientes (empresa, sindicato y Ministerio, a estos dos últimos puede ser por nota), porque su principal argumento siempre será que desconocían el mandato, o la representatividad, o la calidad de activista de quien ha sido elegido por sus compañeros.
Cuando la convocatoria electoral se demora (20 días antes del vencimiento del mandato de los delegados actuales), puede solicitarse al sindicato la convocatoria electoral por telegrama con o sin el reclamo de apercibimiento al Ministerio, porque de todos modos el apercibimiento está contenido en la Ley de Asociaciones Sindicales. En caso de que no las convoque, se acompaña el texto del pedido en la presentación al Ministerio con una nota, donde la recepción debe estar fechada.
También se puede dar la hipótesis de que el sindicato aparezca con la urna sin haber mediado publicidad, o que adelante las elecciones sin dar explicaciones, por lo cual habrá que estar absolutamente alerta a cualquier movimiento y, si la relación de fuerzas lo permite, intentar su rectificación (nueva convocatoria, nulidad de la que se hizo, etc.) mediante la movilización de los trabajadores y la acción gremial.
Si esto no es posible, se recurrirá a las vías legales, la convocatoria podría impugnarse si no ha cumplido con el requisito de publicidad, o no ha sido dada a conocer con la anticipación suficiente, o no se ha dispuesto el número suficiente de delegados en relación con los trabajadores a representar, o viola los usos y costumbres, o el padrón del que pretende valerse no es el que corresponda, entre otras causales. Esta impugnación se realiza primero, e inmediatamente, ante el mismo sindicato o seccional que convocó a elecciones, y sólo si es desestimada por el sindicato se abre la vía del MTESS.
Es importante hacerlo porque enseguida vendrá la elección de delegados, y será el mejor antecedente para impugnarla, porque una convocatoria de estas características es la preparación del fraude en la elección.
A los delegados los eligen todos los trabajadores del establecimiento donde se convocó a elecciones, afiliados y no afiliados; sólo en las elecciones de comisión directiva de un sindicato votan sólo los afiliados, pero cuando existen 2 o más gremios dentro de una empresa, votan todos los trabajadores convencionados dentro del CCT del sindicato que llama a elecciones.
En los organismos del estado donde existen varios sindicatos con personería sobre trabajadores del mismo convenio, en los casos en que se presenta más de una lista, las juntas electorales sólo ponen en el padrón a los trabajadores afiliados a ese sindicato. Nosotros somos partidarios de que no se deje afuera a los trabajadores no afiliados y que, de esta forma, los delegados sean los representantes de todos los trabajadores del sector. Esto deberá ser evaluado por los propios trabajadores, para evitar la posibilidad de que un sindicato rival intervenga en la elección propia deformando los resultados electorales.
Compartimos Nota número 6 de nuestra sección "De interés para el activismo". HERRAMIENTAS BÁSICAS PARA LA ORGANIZACIÓN GREMIAL.
6) Sobre Afiliaciones y desafiliaciones a un gremio:
Lo que debería ser simple y fundacional en un sindicato, la afiliación, es transformado por la represión patronal y por la propia burocracia sindical en un laberinto de trámites y trampas. El clasismo defiende la afiliación como parte de la construcción sindical. A menudo el motor consciente de esa afiliación es la tarea de la expulsión de la burocracia de los sindicatos, cuya conducta empuja la desafiliación en repudio al enriquecimiento ilícito de las direcciones sindicales, transformadas en empresariales y socias de negociados y retornos con las patronales y el Estado.
La importancia de la afiliación tiene que ver con la posibilidad de poder intervenir sindicalmente. Una primera cuestión a saber es que no estar afiliado imposibilita poder postularse como delegado en el lugar de trabajo. Muchas direcciones de los sindicatos colocan ilegalmente un requisito más para ser delegado, que es la afiliación a la Obra Social del sindicato. Cuando esto sucede, se debe reclamar que lo hagan por escrito o enviar un telegrama para que se pronuncien, porque se trata de una limitación ilegal.
Si en un lugar de trabajo no hay afiliados, se debe iniciar un proceso de organización por la afiliación. El reclamo de afiliación debe hacerse lo más masivo posible para cubrirnos de represalias patronales. A menudo existe una “coincidencia” entre el pedido de afiliación y el despido de los que lo reclaman, lo que habla de una connivencia entre la dirección del sindicato y la patronal. El reclamo masivo siempre posibilita una resistencia a los posibles despidos.
Las llamadas “cuotas de solidaridad” impuestas en los acuerdos paritarios garantizan un ingreso de dinero al sindicato sin necesidad de afiliaciones y constituyen una coima de las patronales para que la burocracia no impulse la afiliación.
Sólo en hipótesis de franca reticencia, y cuando la afiliación masiva ha sido descartada, la afiliación podría hacerse por carta documento, siempre con un diseño similar al que plantea el estatuto en cuanto a los datos requeridos. Esta hipótesis también entraña el peligro de que medie un plazo entre el telegrama del trabajador y la aceptación de la afiliación por parte del sindicato, por lo que resultará razonable notificar también la afiliación a la empresa, para evitar el despido durante ese plazo.
Muchas veces, cuando hay reclamos masivos de afiliación, las direcciones de los gremios proponen elegir un “referente” para interferir en el proceso de organización. Nunca se debe aceptar ser “referente”. Se debe iniciar el proceso de afiliación, que inevitablemente terminará en elecciones: de modo de protegernos con los fueros gremiales, para garantizar la organización del lugar de trabajo.
Las condiciones de afiliación y desafiliación son similares en casi todos los gremios; están atadas a los estatutos aprobados en el MTSS. Por lo general, la desafiliación debe ser aceptada por un congreso o asamblea, y no es automática. La afiliación normalmente tampoco lo es, pero la aceptación la hace normalmente la comisión directiva. Hay una diferencia sustancial entre la voluntad del trabajador de desafiliarse y la desafiliación impulsada por la dirección del sindicato.
Muchas veces las direcciones burocráticas piden la suspensión de la afiliación para discontinuar la del candidato posible opositor y no dejar por este procedimiento que se presente a elecciones. O en caso más extremos (fábrica Avon, de Perfumistas), la burocracia pide la suspensión por 20 años de los delegados.
Los reclamos de suspensiones o expulsión del gremio generalmente se deben llevar a cabo en asamblea general del gremio o en un congreso de delegados. Antes, el afiliado cuestionado sólo puede ser suspendido provisoriamente por la comisión directiva, y es especialmente contemplado su derecho de defensa frente a los cargos que se le imputan.
Toda la etapa de notificación de cargos, convocatoria y notificación del congreso para la expulsión debe ser especialmente tenida en consideración: por las características naturales de las comisiones directivas burocráticas, que actúan con mucha impunidad, suelen cometer todo tipo de errores que llevan al fracaso del intento de expulsión.
En ese sentido, tenemos los ejemplos de la expulsión de los delegados del Subte por la UTA y la del delegado de Cheecky, todas declaradas nulas por la Justicia por no haber dado cumplimiento a trámites que aseguraran el conocimiento de los cargos y la posibilidad de defensa en la asamblea.
De todos modos, la decisión de presentarse ante la Justicia debe ser muy bien evaluada, porque los jueces del Trabajo suelen ser muy reticentes; y además, porque se pone en manos de un tercero –que es el Estado y que no es para nada imparcial– la solución de un conflicto, con lo cual se resta importancia a la actividad gremial.
Compartimos la nota numero 5 de nuestra sección "De interés para el Activismo". Herramientas básicas para la organización gremial.
5) SANCIONES PATRONALES
Según la ley, la patronal tiene facultades de organización y dirección, entre ellas disciplinar a los trabajadores y aplicar sanciones de acuerdo a lo que considere una falta. Sin embargo, los llamados “reglamentos internos” de las empresas están llenos de arbitrariedades que chocan con la propia Ley de Contrato de Trabajo.
El artículo 67 de la LCT dice: “El empleador podrá aplicar medidas disciplinarias proporcionadas a las faltas o incumplimientos justificados por el trabajador. Dentro de los treinta días corridos de notificada la medida, el trabajador podrá cuestionar su procedencia y el tipo o extensión de la misma, para que se la suprima, sustituya por otra o limite, según los casos. Vencido dicho término, se tendrá por consentida la sanción disciplinaria”.
Es importante la segunda parte del artículo, donde menciona el plazo que tiene el trabajador para impugnar la sanción, que significa rechazarla, que es de 30 días. Es el único plazo en la LCT para contestar al empleador que excede el común de 48 horas, y su falta de respuesta implicará el consentimiento de la sanción y de sus causas.
Siempre hay que rechazar una sanción, así sea un apercibimiento, o así se trate de una falta realmente cometida. El no rechazo hará que se compute automáticamente en el legajo del trabajador como antecedente para aplicar sanciones más graves.
Cuando la patronal pretende notificar la sanción por escrito, sólo se recibirá si se le otorga copia al trabajador. Si no se le otorga copia, el trabajador puede válidamente negarse, con lo cual la notificación se hará por carta documento y se responderá por telegrama.
Con el tema del descargo previo hay que tener mucha prudencia y recomendar a los compañeros que consulten siempre antes de hacer un descargo, porque luego será muy difícil desconocer lo que se dijo allí.
En el caso de los descargos, también será necesario que el trabajador se quede con una copia porque, más adelante, no va a recordar qué dijo ni cómo lo dijo.
Siempre es preferible negar todo y desconocer los hechos, porque rige el principio de que “nadie está obligado a declarar contra sí mismo”. Del mismo modo, siempre es preferible decir lo menos posible, porque para evitar el consentimiento basta con decir: “Rechazo sanción por falsa causa”, así se engloban casi todos los supuestos.
Este texto podrá usarse en caso de urgencia, pero siempre será preferible contestar una notificación de la patronal contando con asesoramiento jurídico. Será prudente acompañar al trabajador en esta consulta: una sanción seguramente es parte de una estrategia que habrá que enfrentar (por ejemplo una patronal sancionadora compulsiva o el proyecto de despido encubierto), y además los envíos de la patronal normalmente contienen errores que los desvirtúan y no habría que desaprovechar esa situación.
En muchas oportunidades el trabajador teme que su respuesta a una sanción lo enemiste con la patronal, lo que suele suceder en empresas pequeñas; en ese caso, habrá que hacerle notar que la patronal no ha temido enemistarse al sancionarlo, y que el consentimiento no le va a evitar el despido, sino que va a evitar que lo indemnicen.
La firma de una sanción “en disconformidad” tiene el enorme límite de que no garantiza que más adelante sea considerada un rechazo.
La firma de la notificación de la sanción no implica conformidad, sino notificación. Lo que implica conformidad es no impugnar la sanción dentro de los 30 días, por lo cual se puede válidamente notificarse y tomarse 30 días para impugnarla posteriormente, cuando toda la agitación que produjo la sanción ya pasó.
Nosotros, los delegados clasistas, no somos árbitros de los compañeros, quienes son muchas veces empujados por diversas circunstancias de la explotación patronal y de la dura vida de clase obrera a situaciones o conductas que derivan en sanciones. Nuestro lugar es la defensa del compañero en las mejores condiciones posibles, siempre a partir de la organización colectiva y de la valoración del colectivo obrero cuando se pone en juego la organización de conjunto.

sábado, 25 de agosto de 2018

HERRAMIENTAS BÁSICAS PARA LA ORGANIZACIÓN GREMIAL 4
4) Convocatoria y actuación en las asambleas
El artículo 4º de la Ley 23.551, en su inciso c), dice que los trabajadores tienen derecho a “reunirse y desarrollar actividades sindicales”. Y el Art. 23, inc. e) dice que las asociaciones sindicales (todas, con o sin personería gremial) tendrán el derecho de “realizar reuniones o asambleas sin necesidad de autorización previa”.
Algún estatuto sindical puede reglamentar las asambleas, pero en general no lo hacen. Del texto de la LAS surge que la asamblea puede ser convocada por el sindicato, por el delegado o por los propios trabajadores, sin necesidad de autorización previa.
La convocatoria a las asambleas puede ser objeto de disputa, tanto con el sindicato como con la patronal. La dirección del sindicato acostumbra arrogarse esta facultad para convocar y puede estar determinado de esta forma en los estatutos sindicales, pero no pueden contradecir a la LAS, sino ajustarse a lo que ésta diga. Es decir, cuestionamos el monopolio de las direcciones sindicales en punto a la convocatoria de asambleas, cuando los sindicatos están en manos de direcciones burocráticas.
La asamblea no necesariamente debe ser comunicada al sindicato, siempre será correcto comunicarlo a la patronal. Pero en ambos casos comunicarlo no es pedir autorización; no es facultad de la empresa impedir la realización de las asambleas. Defendemos, dentro de una relación de fuerzas convenientemente evaluada, a la asamblea como un derecho soberano de la clase obrera y como instrumento esencial de su organización y herramienta de su crecimiento intelectual y material de tipo colectivo.
Si esto fuera así, primero habría que denunciar la actitud de la empresa al sindicato, más adelante al Ministerio de Trabajo y, en última instancia, presentar un amparo judicial.
La patronal no puede regular las asambleas (hay patronales que envían un decálogo a los delegados electos, que obviamente hay que rechazar). No puede fijarles plazo ni horario, pero será conveniente acordar en qué lugar y hora se desarrollan, tanto para no generar conflictos como para permitir la mayor asistencia de los compañeros.
Pueden realizarse asambleas informativas de sector pero la asamblea general para un delegado clasista es un hecho de gran importancia. Nunca se debe abusar de su realización. Los trabajadores deben saber que cuando se convoca a una asamblea general, será resolutiva y siempre votará un curso de acción.
La comisión interna debe ir a la asamblea por despidos o por cualquier causa, fijando una posición previa. Por regla general, nunca dirá “ustedes decidan”. Una vez que la interna fija su posición, se abre la asamblea y se someterá a la decisión soberana que voten los compañeros.
Hacer una huelga es relativamente fácil, muchas veces la genuina bronca por una injusticia la simplifica. Levantar la huelga es un arte. La inmensa mayoría de las huelgas se levantan por menos de lo que se reclamaba y se enfrenta un sector que entiende que algo “se logró” con otro que dice “¿por esto salimos?”. La asamblea es el único método para resolverlo y además educa para el futuro.
También habrá que evaluar la conveniencia de que se labre un acta con lo que se decidió o discutió, o llevar un libro de asambleas; esto no es imprescindible pero deja una constancia del desarrollo gremial y deja además incorporado un método de clase.
-Herramientas básicas para la organización sindical.3
3)Licencias y créditos gremiales
La licencia gremial se encuentra regulada en el Art. 48 y su pago está a cargo de la asociación profesional. Está destinada a “trabajadores que ocupen cargos electivos o representativos en asociaciones sindicales con personería gremial” (dirigentes del sindicato) aunque también a veces a miembros de comisiones gremiales internas. El representante con licencia está exento del débito laboral.
A diferencia de la licencia gremial, existe el crédito de horas mensuales que se destina a delegados. El Art. 44 establece que los empleadores estarán obligados a conceder a cada uno de los delegados un crédito de horas mensuales pautado por el convenio. Pero son pocos los convenios donde se fija una cantidad de horas mensuales pagas y además las horas que se fijan normalmente son insuficientes.
En general, dichas horas están destinadas a cubrir el pago del tiempo que use el delegado fuera del establecimiento pero no del tiempo que usa para atender sus tareas gremiales dentro del mismo.
El Art. 43 de la LAS es el que más especifica las funciones a cumplir estableciendo que el delegado puede participar en las inspecciones que disponga la autoridad administrativa del trabajo; reunirse periódicamente con el empleador para presentar las reclamaciones de los trabajadores, enumeradas y no enumeradas (asesoramiento, información de las decisiones o actividades del sindicato, atención de la cartelera sindical y la negociación colectiva interna).
El crédito horario gremial es una conquista para la organización de la clase obrera, a menudo usada por la burocracia sindical como prevenda, lo que invariablemente termina siendo en contra de los intereses de los compañeros representados. Un delegado clasista no abusa nunca de los créditos horarios: establece una organización gremial interna con rotación de responsabilidades de cada delegado a sabiendas de que tendrá establecida una lucha permanente con la patronal que solo otorga créditos sin límite cuando intuye una cooptación. El delegado clasista usa el crédito gremial, adentro o fuera del establecimiento, siempre para las tareas propias de la organización.
El crédito horario real es una parte fundamental de la lucha gremial, precisamente por la importancia que tendrá en el desarrollo de la organización sindical dentro de cada establecimiento.
¿Qué puede hacer entonces el delegado gremial cuando en el convenio colectivo no hay regulación de horas gremiales o cuando su actividad exige más tiempo que el fijado en la cláusula paritaria respectiva, o cuando el sindicato o la patronal restringen de cualquier modo el uso del crédito horario?
El procedimiento que se debe seguir ante el crédito gremial comienza por informarse en el convenio colectivo de cada gremio o en el estatuto (cantidad de horas de crédito, si se acuerdan dentro o fuera del lugar de trabajo). Hay convenios colectivos muy restrictivos para los delegados, que incluso supeditan el uso del crédito al aviso al empleador o a la autorización por escrito del sindicato.
Siempre hay que luchar por extender los límites de un permiso que pueda ser exiguo o de una regulación desfavorable; la patronal no puede limitar el acceso del delegado en ningún sector de la empresa ni su contacto personal con los trabajadores.
Pasos a seguir
1. Establecer entre los delegados un tiempo rotativo de actuación.
2. Si la patronal descuenta las horas gremiales, intimarla por telegrama laboral denunciándola por prácticas antisindicales, bajo apercibimiento de accionar legalmente.
3. Elevar formalmente la comunicación al sindicato para luego ir directamente al Ministerio de Trabajo, dejando la constancia de que se le dio aviso al sindicato.
4. La vía ministerial es deliberadamente lenta y normalmente infructuosa, entonces se puede concurrir ante la Justicia para obtener una medida cautelar. Hay tres pasos que son siempre importantes: primero la vía asociacional (en nuestra lucha por los créditos, la burocracia puede alegar que nos “cortamos solos”, o que no respetamos los “cuerpos orgánicos”), luego la administrativa (MTSS), luego la judicial.
En los casos en que no existe regulación convencional del crédito horario, y si no se puede apelar a los “usos y costumbres”, lo más razonable es obrar por acuerdo o ir lentamente estirando el derecho hasta adecuarlo a cubrir las necesidades de atención de los compañeros.
En los casos, muy habituales, en que no hay disposición de convenio colectivo o estatuto para créditos gremiales, hay que plantearlo como una lucha, apelando a la conciencia de los compañeros, explicando y clarificando sobre su función en reuniones y asambleas. Contribuirá a la confianza de los compañeros, el uso que en la práctica se hace de los créditos y la disposición a volver al lugar de trabajo cuando no son necesarios. Así como se arranca la conquista de una categoría o una condición de trabajo, el crédito es una conquista del colectivo obrero.
Herramientas básicas para la organización sindical. 2
LAS TUTELAS SINDICALES
La tutela sindical es la protección que la ley otorga a quienes ejerzan la actividad sindical, elegidos conforme a la Ley de Asociaciones Sindicales (LAS). Esta tutela, en el último tiempo, se ha ampliado a los delegados de las asociaciones sindicales simplemente inscriptas (que no tienen personería gremial), pero para obtenerla –salvo reconocimiento del empleador– deberá acusar discriminación en un despido.
Las conductas patronales
La única posibilidad que tiene el empleador de despedir, suspender o modificar las condiciones de trabajo de un delegado o un candidato es iniciar un juicio previo llamado “procedimiento de exclusión de tutela”, en el que deberá demostrar una “justa causa” (Art. 52 - LAS).
Si no sigue ese procedimiento y sanciona o despide al delegado o al candidato, este puede optar por el restablecimiento de las condiciones anteriores (en caso de despido, reinstalación en su puesto de trabajo) o puede, en cambio, aceptar el despido, en cuyo caso se le debe pagar una indemnización agravada, que consiste en la indemnización común por despido, más una suma equivalente a todas las remuneraciones que le faltaban cobrar a ese delegado hasta el cese del mandato, más otro año de salarios.
Como le está prohibido a la patronal es suspender, despedir y modificar las condiciones de trabajo, generalmente lo que hace es apercibir mediante carta documento al delegado, imputándole una determinada acción o conducta. Este apercibimiento debe ser siempre rechazado, porque el no rechazo implica consentimiento; también se debe hacer notar en el texto que, como el apercibimiento consta en el legajo del trabajador, en los hechos se le están modificando las condiciones de trabajo porque determinará sus futuros antecedentes.
El ámbito natural para todas las hipótesis de tutela gremial es la Justicia del Trabajo, pero siempre se puede recurrir con anterioridad al Ministerio de Trabajo –provincial o nacional, en el primer caso el propio delegado podría hacerlo si se lo admiten– que, si bien no puede resolver, podría presionar o intentar llegar a un acuerdo que restituya la garantía dañada.
En todos estos casos, será imprescindible recurrir a la asistencia jurídica, ya que luego se deberá concurrir a la Justicia mediante el Art. 47 de la LAS, que establece la vía de amparo; y habrá que intimar previamente la restitución de la garantía denunciando la nulidad de la medida violatoria.
En términos generales, la primera resolución judicial (mediante una medida cautelar) repone la garantía lesionada de forma prácticamente inmediata.
Como contrapartida, el empleador tiene la posibilidad –demostrando ciertas hipótesis de peligro descriptas en el Art. 30 del decreto reglamentario del Art. 52 de la LAS y el cumplimiento de los deberes que también éste le impone– de liberar al delegado de la prestación de servicios, para lo que deberá, dentro de las 48 horas hábiles, comunicarlo al Ministerio de Trabajo y, dentro de los 15 días hábiles, promover la acción judicial. Si bien la no promoción de la demanda sólo daría lugar a que el Ministerio pudiera intimarlo, si lo considera conveniente, también se han dado casos en que todo el andamiaje se ha caído por no cumplir estos plazos. Esta hipótesis se da en grandes conflictos colectivos, donde no se omite el cumplimiento de los plazos, y donde la resolución es normalmente política.
La tutela gremial no podrá ser invocada en los casos de cesación de la actividad del establecimiento o de suspensión general de sus tareas, fijándose una prelación (Art. 51 - LAS), en donde se presentan muchas dificultades para definir “establecimiento”, por ejemplo, y también en los casos de tercerización –fraudulenta o no. Como la resolución de estos casos normalmente también es judicial, lo mejor es la asesoría previa.
De interés para el activismo 1
HERRAMIENTAS BÁSICAS PARA EL TRABAJO SINDICAL
La vida gremial tiene una llamada Normativa, que son las leyes básicas actualizadas, que van a resultarle imprescindibles al delegado, y que debería conocer, porque es él quien debe dar la primera respuesta a sus compañeros. Estos conocimientos elementales siempre son necesarios sabiendo que sobre cada artículo de la Ley de Contrato de Trabajo se han escrito varios libros y existen opiniones encontradas.
Telegramas: Es de mucha utilidad conocer su uso. La respuesta a las notificaciones patronales es siempre un problema de primer orden para los delegados y activistas. En el anexo de este manual encontrarán telegramas “tipo” que están citados por orden para poder emplear el texto básico en cada caso.
Sin perjuicio de eso, siempre hay que recordar que, por un principio de coherencia, se es esclavo de lo que se afirma. Por eso, en todo telegrama es importante negar lo que el otro afirma y afirmar lo menos posible, porque sólo con el curso de los acontecimientos se podrá optar por la hipótesis que finalmente se va a defender.
Un telegrama no es una declaración de principios ni una demanda judicial. Sólo es una notificación a otro (el empleador, el sindicato, el Ministerio de Trabajo, la ART, etc.) de un hecho, o una petición, o lo que fuere, que se pretende que quede por escrito por si se debe usar en el futuro. Un exceso en lo que se escriba puede comprometer ese futuro.
Escritos, actas, petitorios: También encontrarán textos “tipo” que están citados por orden en el texto. Y que son de gran ayuda para un activista.
Los escritos son los básicos para presentar al empleador o al Ministerio, y tienen infinidad de variantes. Lo que hay que tener en consideración es que rige el principio de “informalidad a favor del administrado”, lo que significa que no está mal si uno lo dirige de modo incorrecto o lo carátula de modo incorrecto, u omite datos, ya que no hay un modo obligado y se supone que quien redacta un escrito al Ministerio de Trabajo no tiene por qué usar fórmulas fijas ni tener un conocimiento especial.
Si un escrito se dirige al ministro de Trabajo, siempre estará bien; es importante que tenga los datos básicos de quien lo firma y acredite su carácter (copia de un recibo de sueldo donde conste el descuento sindical, por ejemplo), el motivo que lo lleva a presentar el escrito, la petición y la firma.
No tiene importancia si la firma se aclara o no, ni el tipo o tamaño de la letra o el papel, ni en qué términos se redacta.
Siempre es útil autorizar a otros a ver el expediente en cualquier parte del escrito y presentar original y copia de todo, para quedarnos con la copia sellada.
Como todos los trámites que se refieren a la vida de un sindicato, toda presentación o impugnación se efectúa primero ante el sindicato (se llama vía asociacional), por el principio de la autonomía sindical, y recién con posterioridad, y dentro de los 10 días del rechazo por la entidad sindical, se recurre ante el Ministerio de Trabajo de la Nación, que es la autoridad de aplicación de la Ley de Asociaciones Sindicales. Si no se presentó antes en el sindicato, el Ministerio lo va a rechazar porque no se cumplió la vía asociacional. Este es un detalle clave para no encontrarnos con la consabida frase de la burocracia sindical: “Se cortaron solos”.
Cuando el tiempo del que se dispone es muy breve, se puede mandar un telegrama (o carta documento) al sindicato, y con la copia se efectúa la presentación ante el Ministerio.
Las actas y los petitorios tienen el mismo sentido que los telegramas: reflejar de modo fehaciente “algo” a lo que se pretende dar un uso futuro, al margen de su preciso contenido político o reivindicativo.
En ambos hay que dejar en claro la fecha, qué es lo que se pretende dejar en claro (en las actas, por ejemplo, que a un compañero no lo dejaron ingresar o que la patronal se negó a recibir a la comisión interna; en el caso de un petitorio, qué es lo que se pide o se apoya) y quiénes son los que lo firman, con algún dato identificatorio.
De todo habrá que hacer, en lo posible, original y copia.
Esta relación no implica exclusión de otras posibilidades de constancia fehaciente de un hecho: también serán útiles los correos electrónicos enviados o recibidos, las fotografías y cualquier grabación de video o sonido en cualquier teléfono celular; aunque por el momento son un principio de prueba (un expediente del Ministerio de Trabajo es un instrumento público y un acta con fecha y firma de las partes es un instrumento público absolutamente válido entre los firmantes) que requerirá de cierta corroboración.
Transitar el camino de la Justicia, es azaroso y demasiado lento.
¿Cómo actuar, entonces, cuando se trata de un sindicato simplemente inscripto y la patronal (o patronales) no lo reconocen. Y, por lo tanto, tampoco a los delegados que se elijan bajo su amparo?
A los delegados así electos no se les puede modificar las condiciones de trabajo, ni se los puede sancionar, ni despedir sin causa. Si el empleador suspende sin causa a ese representante sindical, modifica sus condiciones de labor o lo despide, ese acto es nulo, pudiendo el representante sindical pedir judicialmente que se lo deje sin efecto (Art. 52 – LAS).
Si un delegado es electo, su estabilidad se extiende desde la elección hasta un año después del término de su mandato. La tutela del delegado electo comienza desde el momento en que la designación fue comunicada al empleador, mediante telegrama, carta documento u otra forma escrita (Art. 49 – LAS).
El candidato a delegado, aunque no sea elegido en el cargo, goza de tutela, que se extiende por seis meses desde el momento de la postulación.
Para que la tutela legal surta efecto el Art. 29 del Decreto 467/1988 establece que recién se considera que el candidato es tal, cuando el sindicato tiene por recibida la lista que lo incluye como candidato, con las formalidades necesarias para pasar a expedirse acerca de su oficialización. La asociación sindical debe comunicar tal circunstancia al empleador, indicando los datos personales de ese trabajador, el cargo al cual aspira y la fecha de recepción. Es decir que si el trabajador le comunica al sindicato que quiere postularse como delegado, pero éste no se lo comunica a la empresa, el trabajador no tiene aún estabilidad y, por tanto, puede ser despedido.
Por eso es sumamente conveniente que quien vaya a postularse envíe dos telegramas, uno al sindicato notificando que se quiere postular y exigiendo un certificado de dicha postulación y otro a la empresa, en el que le comunique su voluntad de ser candidato en las próximas elecciones.
Como la tutela del candidato cesa si no se oficializa la lista o si la lista –o el candidato– obtiene un número de votos menor al 5% de los sufragios válidos emitidos (esto último ha sido declarado inconstitucional, pero siempre se deberá promover un pleito y ganarlo para su reconocimiento), será imprescindible la notificación de la candidatura para eventualmente
Herramientas legales básicas para intervenir gremialmente
Lo primero que debe tener a mano un trabajador que se proponga intervenir en un gremio es el convenio colectivo aplicable a la actividad o a la empresa, y el estatuto del gremio.
El Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) se puede conseguir normalmente por Internet, ya sea en la página del sindicato o en el buscador de convenios colectivos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (MTESS), y el estatuto del gremio se pide por escrito en el MTESS, por la mesa de entradas de Alem 650, CABA., porque todo estatuto vigente fue necesariamente homologado por el Ministerio, que tiene copia. El estatuto que tiene el Ministerio es el vigente, y se aclara porque pueden existir modificaciones en poder del sindicato que no han sido aprobadas por el Ministerio, y en ese caso no rigen.
También –si es urgente– se puede pedir con el mismo escrito en Institucionales (4º piso de Callao 114), porque allí tienen los legajos de los sindicatos, dentro de los cuales se encuentran los estatutos; aunque, en estos casos, se tropezará con una densa burocracia.
Este escrito (ver anexo) puede estar firmado por cualquiera (abogado o no) –por si el trabajador no se quiere dar a conocer– y siguiendo el trámite se obtiene el estatuto (acceso al mismo y posibilidad de fotocopiarlo).
Lo segundo es la LCT (Ley de Contrato de Trabajo), que se aplicará junto al CCT del sector.
Lo tercero la Ley 23.551, que se aplicará junto al estatuto del gremio.

domingo, 9 de octubre de 2016

Flexibilizaciòn, precarizaciòn, desempleo y persecución laboral: el programa Macri y Cía.

“Con los delegados de base, el movimiento obrero supo tener mucho poder dentro de la fábrica”

Matías Cremonte dirige la Asociación de Abogados Laboralistas. Con él hablamos del programa “laboral” de Macri, la precarización, la persecución en Jujuy y Tierra del Fuego y el rol de los abogados.
Matías Cremonte es abogado de ATE, la Federación Aceitera y otras organizaciones gremiales. Desde hace algunas semanas es, además, presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas. La AAL surge en 1958 como una respuesta de abogados laboralistas y sindicatos, de distintas extracciones políticas y gremiales, contra la represión del Plan Conintes. “Por eso uno de los principales valores es el pluralismo político y la autonomía” cuenta Cremonte.
El día que asumió una de sus colegas dijo que “es un tiempo crítico para la profesión: se nos señala a los laboralistas como aquellos que ponemos palos en la rueda al país. La verdad es que le ponemos palos en la rueda a la pérdida de derechos, al fraude y a los incumplimientos laborales”. Hacía alusión al “reto” que había hecho Macri a los trabajadores que se ausentaban o hacían juicios laborales.
Para la Asociación el nuevo gobierno tiene como plan “la recomposición del poder patronal”. De ese y otros temas dialogamos con Cremonte.
LID: ¿cómo ven el panorama a 10 meses de asumido el gobierno de Cambiemos?
MC: Creo que el programa de este gobierno son las editoriales de La Nación. O por lo menos hacía allí quisiera ir. El modelo de relaciones laborales del macrismo es un modelo con una tasa de desocupación importante que empuje para abajo los salarios, con salarios por debajo de la inflación. Idealmente sería un modelo de negociación colectivo en lo posible por empresa o regionalizado. Los editoriales de La Nación llegan al extremo de decir que se tienen que terminan las indemnizaciones por despidos. Vos fijate una de las reformas que están planteando: riesgos de trabajo. En los 90 se crearon las ART, tomando el criterio de que una empresa privada lucre con la salud de los trabajadores. Si esa legislación se fue desactivando con fallos judiciales, la reforma del kirchnerismo fue un retroceso. Pero ahora se quiere retroceder más. Por otro lado la ley de empleo joven y el proyecto de “Ley Pyme”, donde la forma de generar empleo es subsidiar al empleador. El convenio con Mc Donalds es una barbaridad. La falta de empleo es un problema, la falta de empleo joven también. En este gobierno no hay una política para generar empleo, es una política para generar desempleo.
Todo está encaminado a eso. La posibilidad de que eso avance en concreto depende del movimiento obrero, de la resistencia. Más allá de la unidad o no de la CGT, creo que la clase trabajadora no va a permitir que se avance a esos niveles, que pueda concretar su plan el macrismo.
LID: Ya lo dijo Pagani (Arcor), lo dijo Rocca (Techint): “hay que bajar los salarios, los costos”, “hay que cuidar el trabajo y no el salario”...
MC: El tema es “cómo obtengo más rentabilidad”. El salario real ha sufrido un golpe. Pero no es la primera vez, en 2014 se sufrió un golpe al salario real con la devaluación de Kicillof. Ahora la mayoría de las paritarias cerraron en abril, mayo, junio. Gran parte de la inflación del 35 o 40% se va a discutir en la paritaria del año que viene. Es una falacia la idea del gobierno de discutir el 17%.
LID: Bueno, esta línea del gobierno nacional ha envalentonado, o es seguida, por gobernadores de otros signos políticos...
MC: Sí. En general cuando un gobierno nacional instala una línea determinada, muchos gobiernos provinciales se suben a la ola y plantean lo mismo, sean o no del mismo signo político. El caso de Jujuy seguramente sea el más paradigmático de la desvirtuación absoluta del Estado de derecho. Que Milagro Sala este presa no resiste el menor análisis jurídico, porque además está con prisión preventiva. Más allá de lo que se la termina acusando, la detienen por un acampe acusando de sedición.
LID: Lo dijo hasta Joaquín Morales Sola (La Nación): “no se puede detener a una persona y después buscarle causa”...
MC. Uno puede defender lo de Sala por lo injusto que es. Pero además es una cuestión de autodefensa, porque si es así se lo pueden hacer a cualquiera. Pero no es solo eso lo que ocurre en Jujuy. Pero el Estado políciaco que se instaló en Jujuy, hasta los abogados de Sala están procesados. Mandan a alguien a hacerte una denuncia, y te pueden detener. Es gravísimo. Lo de Tierra del Fuego es gravísimo también, como se termina deteniendo a la gente de noche, reprimiendo. Pero en Mendoza a la Secretaria General de la CTA y al Secretario General de ATE le aplicaron el Protocolo de Bullrich, los procesaron por ese decreto. Al Sindicato de Ledesma le aplicaron una multa millonaria “por no cumplir la conciliación”. En un conflicto en la ANAC, con los controladores aéreos, entraron con la PSA a sacar a los controladores de las torres.
El Estado políciaco que se instaló en Jujuy. Es gravísimo.
LID: Hablando de precarización. Los 90 implicaron un salto en la precarización, pero muchas de esas conquistas patronales se mantuvieron durante el kirchnerismo. ¿El macrismo intenta profundizarlas?
MC: El gran momento precarizador fue el 24 de marzo de 1976. La dictadura, al mes, reforma la Ley de Contrato de Trabajo. Más de 90 artículos derogados, y otros tanto modificados. La deuda que la democracia tiene con los trabajadores no la cumplió nunca. El gran trabajo de la dictadura fue doblegar al movimiento obrero. Hay una frase de Roberto Aleman, el Secretario de Hacienda de la dictadura, que es clarísima: “nuestro objetivo era derrotar al movimiento obrero, todo lo que se hizo después fue gracias a nosotros”.
LID: Bueno vos planteas un tema importante. Victor De Gennaro siempre decía que la dictadura vino a cambiar el modelo económico; eso es verdad pero a medias. Lo que la dictadura vino, como la frase que decís de Aleman, a derrotar el movimiento obrero.
MC. Creo que van de la mano... Pero en la dictadura creo que empezó todo. Precarización hay muchas formas. Está la ilegalidad, el fraude laboral, pero está la precarización en el marco de la ley. Está el trabajo en negro, donde hay una responsabilidad del Estado; de este y del anterior. La otra son los sindicatos, que tienen que controlar y pelear contra estas situaciones de ilegalidad.
Pero hay otras que se dan en el marco de la legalidad, como la contratación por agencias como Manpower, la tercerización que casi no se discute en el país y es una de las cosas más graves. Quienes defienden el modelo sindical dicen que el modelo de sindicato único y personería defiende la unidad y que los que plantean un modelo distinto atomizan. Pero la situación que más atomización genera se da dentro de este modelo sindical y sindicatos con personería gremial. En una fábrica tenés 5 o 6 convenios, firmados todos por sindicatos con personería gremial. Esa es la mejor forma de atomizar. Ese es el problema de la tercerización. Que haya los sindicatos que quieran, pero todos firmando un mismo convenio por actividad, y con todos los trabajadores negociando juntos en el mismo momento.
La tercerización en nuestro país está permitida, pero la ley de 1974 si bien la permitía se aplicaba el convenio de la actividad y la representación sindical la tenía el sindicato de la actividad. La tercerización es una estrategia empresaria: dividir, pagar menos, atomizar, es una estrategia del capital, que arrancó sobre todo en los 70. Ese es el mayor problema de la precarización, por eso me preocupa más la “precarización legal”.
El gran momento precarizador fue el 24 de marzo de 1976
LID. Otro tema que muchas veces precariza es la situación salarial. En ese punto hay una experiencia interesante sobre qué significa el “salario mínimo vital y móvil”. Los aceiteros, con conflictos duros, han abierto un debate sobre qué significa para ellos y cuánto debería ser.
MC. Ese es un ejemplo de lo que les decía antes, de algunos derechos que existen formalmente. Esto que parece una locura, que es el planteo salarial de los aceiteros, es simplemente decir “el artículo 14 bis de la Constitución plantea un salario mínimo vital y móvil, la Ley de Contrato de Trabajo define lo que es el salario, “la mínima retribución que debe recibir un trabajador sin cargas de familiar que le debe asegurar alimentación adecuada, vivienda digna, vestimenta, transporte, educación, esparcimiento”. Según nuestro sistema legal hoy, la fuerza de trabajo vale, como mínimo, eso. El solo hecho de trabajar para alguien te debe implicar una retribución que es la suma necesaria para cubrir todas esas necesidades. Finalmente depende de la relación de fuerzas, es cierto, pero yo tengo el derecho a un salario mínimo equivalente a esto, haga la tarea que haga, desde el peón. Los aceiteros lo calcularon y todos los años algunos medios dicen “los aceiteros piden un 40, un 50%...”; pero no es un porcentaje. Ese salario mínimo y vital es $20.615, según lo calculado el año pasado. Todos tienen ese derecho. Esa es la importancia de cómo la plantean los aceiteros y otros sindicatos, más allá de los porcentajes. Pero además plantean que ese es un derecho de todos los trabajadores, no delos aceiteros porque trabajan para una multinacional que puede pagarlos.
Y esto nos lleva de nuevo a la discusión sobre la dictadura y el golpe contra la clase trabajadora. En 1973 o 74, mucha fuerza del movimiento obrero, ningún trabajador dudaba que el salario mínimo le alcanzaba para eso. Hoy no está en discusión que teniendo trabajo aún podés ser pobre, y tenés que tener dos trabajos. Creo que lo que plantean es reconstruir la conciencia de cuánto vale la fuerza de trabajo, estando en el capitalismo. Termina siendo revolucionario por la situación, pero es dentro de los marcos del sistema.
LID: ¿Qué se plantea ante este panorama hoy la Asociación de Abogados?
La agrupación que conduce la Asociación de Abogados Laboralistas creemos en el rol del abogado y que es muy importante para la clase trabajadora poder desenvolverse en el Estado de derecho. No es lo mismo un escenario de represión e ilegalidad, que se respete la legalidad. Pero no somos de los que creen que el derecho es lo más importante: los protagonistas de las posibilidades de las luchas y el cambio social son los trabajadores, sus organizaciones. Nuestro rol es apoyarlos, acompañarlos, todas las experiencias de lucha y organización.
Yo siempre digo que el neoliberalismo, el avance de la flexibilización laboral, hizo mucho daño en terminos reales. Pero en términos formales no tanto. En la Constitución sigue estando el artículo 14 bis, aunque la mitad no se cumple. Y es mejor que esté. Los tratados internacionales, los convenios de la OIT, no van a cambiar la realidad de los trabajadores, pero el hecho de que estén para invocarlos, es importante. No es solo relaciones de fuerzas. Sobre todo esto se dispara cuando hay momentos de resistencia. Cuando el capital avanza, el Estado avanza, la represión avanza, es cuando más necesitas la legalidad para defender a los trabajadores.
El otro que asumimos, una compañera de la Asociación dijo “vamos a ponerle palos en la rueda a la flexibilización, al retroceso en los derechos”.
Los protagonistas de las luchas y el cambio social son los trabajadores, sus organizaciones. Nuestro rol es apoyarlos, acompañarlos
LID: hace poco decías en un artículo que la democracia política, surgida de la revolución burguesa, había llegado solo hasta la puerta de los lugares de trabajo, donde seguía la monarquía...
Si. Es una vieja discusión. El poder de dirección patronal nunca se puso en discusión, en general. En las décadas del 30 y 40, etapa en que se reconocen las organizaciones sindicales, la acción colectiva, la huelga, pero lo que obtiene a cambio el capital es eso: el poder de dirección sobre la producción. El poder disciplinario es mío, dentro de la fábrica mando yo. En el Congreso de la Productividad del 55, el planteo de la CGE (Confederación General Empresaria) a Perón para convocarlo, es eliminar la figura de los delegados y recuperar el poder en la fábrica. Gelbard tiene una frase famosa que dice “no puede ser que un negro toque un pito y se pare una fábrica”. O cuando asume el Secretario de Trabajo, después de Frondizi, que dice “mandaban los que tenían que obedecer, venimos a poner las cosas en orden”. Porque hubo momentos en que el movimiento obrero, a partir de los delegados de base, pudo tener mucho poder dentro de la fábrica. Y volvemos a la dictadura: desde ese momento los empresarios buscaron recuperar todo el poder dentro de la fábrica.
Entonces, una política sindical de elegir delegados en todas las fábricas es una política que quiere disputar el poder en la fábrica. Una política que propone comités mixtos de seguridad e higiene y poner a discutir la vida y la salud de los trabajadores, es la que pone en discusión el poder en las fábricas. Discutir la tercerización...es discutir el poder en las fábricas. Ahí renguea la democracia, no garantiza eso.
Una política sindical de elegir delegados en todas las fábricas es una política que quiere disputar el poder en la fábrica.
LID. Hay veces, como ocurre en Santa Fe, que esos comités mixtos “te quitan el poder”, porque el que termina definiendo es un “árbitro” que lo pone el empresario. Es poco efectivo en el sentido concreto.
MC: Pero eso depende de los sindicatos, que lo impulsen y exijan. Un triunfo de la ultima paritaria aceitera son los comités mixtos en todas las fábricas de todo el país, con tutela sindical para los delegados. Pero eso va de la mano de una voluntad política. Si una máquina está rota no se labura, no se prende...
LID. Bueno, esa capacidad de paralizar la producción, que seguramente en la ley no está contemplado, depende de la fuerza gremial. En la Línea 60 discutieron eso: comité mixto pero con capacidad para paralizar el servicio si no hay condiciones. En Santa Fe sigue habiendo muchas muertes laborales.
MC: Yo creo que la conciencia es fundamental, y para eso también es importante el rol que jueguen los sindicatos. Que tenés derecho a entrar y salir igual del trabajo, por lo menos en términos de accidentes. “Igual” no porque dejás horas de tu vida, la alienación...pero vos tenés derecho a salir indemne.
LID. Los rotos en la industria, por ejemplo en el Neumático, es brutal. En las autopartistas, como Lear y Kromberg. Todo es importado, menos las manitos que los arman. Pibas con 25 años y dos pibes que no los pueden levantar. Eso es brutal. Ahí el sindicato del Plástico y el Smata no es nada
MC: Por eso la desocupación, agrandar el ejército de desocupados, hace que el que tiene trabajo no se fije en las condiciones que trabaja con tal de no perderlo.

martes, 23 de agosto de 2016

GEOFINANZAS IMPERIALES. CINCO EJEMPLOS

Lo que no nos cuentan del capitalismo
22 de agosto de 2016

Geofinanzas imperiales en cinco pasos

“Los bancos son los que realmente toman las decisiones y – detrás de la cortina de una respetabilidad fingida – son la fuerza motriz detrás de las interminables guerras”
Michael Hudson
“Los banqueros centrales, cuya independencia está constitucionalmente protegida, controlan la política monetaria en el mundo desarrollado. Gestionan la oferta de dinero a las economías nacionales. Fijan las tasas de interés decidiendo así el valor de nuestros ahorros e inversiones. Ellos deciden si hay que centrarse en la austeridad o crecimiento. Sus decisiones dan forma a nuestras vidas”
Adam LeBor


Geofinanzas imperiales en cinco pasos
Islam Hassan (CC)  

1-Libia. Furia desatada

“Nunca antes había escuchado que se creara un banco central a las pocas semanas de un levantamiento popular. Sin duda parece indicar lo extraordinariamente poderosos que se han convertido los banqueros centrales en nuestra época”. El periodista Robert Wenzel expresaba así su pasmo ante las extrañas prioridades de los insurrectos en la recién iniciada revuelta contra el régimen de Gadafi en febrero de 2011. La virulencia del conflicto libio –que prosigue actualmente con dos gobiernos enfrentados por el control del cuarteado territorio y un sinfín de grupos guerrilleros (la mayor fábrica de terroristas del mundo, según acreditados medios occidentales) campando por un país arrasado después de cinco años de cruenta guerra civil-y la presta y decidida intervención occidental (bajo el liderazgo “otánico” francoestadounidense) parecen reflejar inconfesables intereses en liza. Más allá de la consabida retahíla de razones para cohonestar una guerra “justa y humanitaria” con la que los líderes del mundo libre adornaron su “abnegada” entrega a la defensa de los derechos humanos y la democracia en Libia, afloran sedimentos de propósitos mucho menos honorables. Según el agudo análisis de Ellen Brown, basado en los recientemente desclasificados correos electrónicos de Hillary Clinton, entonces Secretaria de Estado del hegemon –que mostró sus humanitarias entrañas expresando su indisimulado alborozo ante el salvaje linchamiento del ominoso dictador-, la prioridad geopolítica imperial era proteger los intereses del cártel bancario euroestadounidense impidiendo que prosperara el plan de Gadafi de crear una moneda panafricana basada en el dinar libio y en las enormes –fruto de las cuantiosas regalías petroleras-reservas de oro del país. La cuestión no es pues–tratando de evitar la doble trampa de maniqueísmo “conspiranoico” e infantilismo antiimperialista que denunciaba Alba Rico en sus polémicos artículos de 2011- negar la condición de tirano criminal del dictador libio ni la legitimidad de una revuelta popular para derrocarle, sino iluminar la malla de intereses espurios que activan –bajo la consabida pátina del discurso humanitario de los adalides de la civilización occidental- los expeditivos mecanismos del poder imperial: Gadafi –parafraseando la clásica sentencia rooseveltiana sobre el cinismo artero de la política de alianzas de la superpotencia- dejó de ser su“ hijo de puta” –no peor que otros conspicuos déspotas del Tercer Mundo, más dóciles ante los dictados imperiales- para tornarse, en la propaganda legitimadora de los bombardeos otánicos, un nefario criminal asesino de masas y desestabilizador de la región. Eso no siempre fue así.
El taimado sátrapa había templado veinte años antes sus relaciones con Occidente ofreciendo colaboración en materia migratoria e inversiones lucrativas para las petroleras occidentales tras ser anatematizado durante décadas como paria global y huésped de terroristas. Una década después habría iniciado parcialmente la “apertura” de su sector financiero estatal ofreciendo, según Jalife-Rahme –la fuente es un cable de Wikileaks, de nuevo las inoportunas filtraciones dejando al desnudo las vergüenzas imperiales-“oportunidades para una mayor cooperación entre la banca privatizada libia con los bancos de Estados Unidos, lo cual ayudará a entrenar (sic) su próxima generación de banqueros”. Pero no fue suficiente. Como explica Hossein Zadehi: “Estados Unidos y sus aliados esperaban más; querían que siguiera las directrices económicas de los “expertos” de las finanzas globales, es decir, de los “asesores” económicos del Fondo Monetario Internacional y de la Organización Mundial de Comercio; resumiendo, querían que desmantelara los programas de bienestar social de su país y reestructurara su economía siguiendo el modelo neoliberal”.

La mistificadora maquinaria de propaganda de los mass-media activó la batería de asechanzas y medias verdades legitimadoras de la agresión en ciernes mientras ocultaba cuidadosamente algunos detalles menos ríspidos del denostado régimen: los buenos estándares-certificados por Naciones Unidas- de desarrollo en los servicios básicos se financiaban (¡oh herejía!) a través de un banco central público que emitía la moneda nacional y financiaba estratégicas infraestructuras –el Gran Río Artificial, considerado el mayor sistema de riego del mundo, abastece de agua a las principales ciudades del país-, ofrecía educación y sanidad gratuitas a la población y garantizaba dadivosos préstamos, ¡sin intereses!, de 50,000 dólares para los recién casados.
El taimado sátrapa había templado veinte años antes sus relaciones con Occidente ofreciendo colaboración en materia migratoria e inversiones lucrativas

El viejo principio ejemplarizante pareciera estar de nuevo operando aquí: “Con energía, agua y crédito suficiente para desarrollar su infraestructura, una nación puede ser libre de las garras de los acreedores extranjeros. Y eso puede ser la verdadera amenaza de Libia: puede mostrar al mundo lo que es posible”. A la sempiterna justificación –el latrocinio y expolio de las riquezas del Tercer Mundo- de las agresiones imperialistas “clásicas” parece añadirse la creciente influencia de los poderes financieros y sus adláteres en las criminales fullerías de la geopolítica actual.
“Se trata de una amenaza a la seguridad financiera mundial“. La airada reacción del belicoso Sarkozy expresa el pánico ante la posible pérdida de hegemonía del franco de Africa Occidental bajo la égida francesa si el intento liderado por el gobierno libio de crear un área monetaria independiente en el corazón de la francofonía prosperaba. “Gaddafi inició un movimiento para rechazar el dólar y el euro, y pidió a las naciones árabes y africanas utilizar una nueva moneda, el dinar de oro. Gaddafi sugirió el establecimiento de un continente africano unido, con 200 millones de personas utilizando esta moneda única”.
Tamaña insolencia era mucho más de lo que el pedestre “pequeño Napoleón” y sus poderosos aliados estaban dispuestos a soportar. Nada mejor pues que aprovechar la pintiparada ocasión de la llamarada de efervescencia popular de la primavera árabe de 2011 para que los muñidores de la operación activaran el eterno mantra de una salvífica intervención “humanitaria” que liberara graciosamente al pueblo libio de la férula del oprobioso dictador. El atrabiliario personaje quizás no se percatara de que sus veleidades de liderazgo regional erosionando la hegemonía monetaria de la “banca de la OTAN” representaban un casus belli en toda regla. Pero en su megalomaníaca inconsciencia propició el despliegue de un ejemplo paradigmático del modus operandi de la furia desatada de las geofinanzas imperiales.

2-BPI. El banco “secreto”

En las áulicas dependencias del núcleo del poder financiero global el órdago de Gadafi sería, con toda seguridad, muy mal recibido. Un escalofrío debió de recorrer los magnificentes salones de la sede del Banco de Pagos Internacionales en Basilea ante el desafío al statu quo del díscolo mandatario. La hermética e inviolable institución, fundada en 1930 –para tratar de gestionar los pagos de las desorbitadas reparaciones de guerra alemanas a través de generosos préstamos de los bancos de Wall Street en el marco del Plan Young; plan frustrado por los formidables desórdenes monetarios post-crack del 29-, es el banco central para sus bancos centrales miembros y representa los sagrados principios de la banca “globalista” (la banca de los Rothschild, “los amos del dinero”, teledirigida –según los “conspiranoicos”- desde el archimanoseado Bilderberg Group, pasto de innúmeras teorías conspiratorias a las que su secretismo no deja de dar pábulo).
En la sucinta – aunque carente del encanto veleidoso de los esoterismos fabulados-descripción de LeBor, “El BPI es una institución única: es una organización internacional, un banco muy rentable y un instituto de investigación fundado y protegido por tratados internacionales”.
Sin embargo, como explica James C. Baker, su prístino organigrama no deja de iluminar vívidamente lo que ocurre entre bambalinas: “El BPI fue fundado por los bancos centrales de seis naciones (Bélgica, Francia, Alemania, Italia, Japón y Reino Unido) y por tres grandes bancos privados estadounidenses –J.P. Morgan, First National Bank of New York y First National Bank of Chicago-. La Reserva Federal de Estados Unidos no se unió inicialmente al BIP pero la representación de sus bancos partícipes fue tres veces superior a la de cualquier otra nación”. ¿Muy astuto, no? No parece pues que haya que expurgar las ultrasecretas actas de la comisión Trilateral y pergeñar calenturientas teorías sobre los “hilos que dirigen el mundo” para obtener el holograma de la cadena de mando de las finanzas globales.
El BPI fue fundado por los bancos centrales de seis naciones y por tres grandes bancos privados estadounidenses

Más allá de las funciones mediadoras entre sus sesenta bancos centrales miembros –desde 2000, los bancos de Wall Street dejaron de formar parte de su “establishment”-, la función clave del BPI es la regulación y supervisión –a través del Comité de Basilea– de los requisitos de capital y liquidez que tienen que cumplir los bancos comerciales. Cuestión aparentemente baladí cuya neurálgica relevancia para “dar forma a nuestras vidas” resume Le Bor: “Difícilmente haya nada más político que ceder los poderes nacionales a organismos supranacionales no electos, mientras que los mecanismos financieros necesarios los elabora y gestiona un banco secreto de Basilea que no tiene ninguna responsabilidad ante los ciudadanos”.
Según Henry Liu:”La normativa del BPI sólo sirve al único propósito de fortalecer el sistema de banca privada internacional, incluso en perjuicio de las economías nacionales: el BPI está construyendo una nueva arquitectura financiera y regulatoria global, demostrando que tiene el poder para dar forma a las normativas financieras del planeta”.
Todo el cañamazo neoliberal -basado en el uso del banco central “independiente” como turbina de la financiarización y ariete de las prácticas de desregulación y reformas de los sistemas financieros nacionales- diseñado minuciosamente en la impenetrable institución helvética choca frontalmente con la existencia de una banca pública de propiedad estatal.
La formidable expansión de la titulización financiera -la vía a través de la cual se movilizan ingentes volúmenes de capital ficticio ansiosos de multiplicarse en el casino global para sostener la “boqueante” tasa de ganancia del capital de la fase neoliberal- queda de este modo agostada al impactar con el dique de la creación de dinero público, sin el dogal de la deuda. Ellen Brown de nuevo: “Los bancos de propiedad pública son también una amenaza para el creciente negocio de los derivados, ya que los gobiernos con sus propios bancos, no necesitan de swaps sobre las tasas de interés, instrumentos de cobertura de incumplimiento crediticio (credit default swaps), o calificaciones de grado de inversión por agencias privadas de calificación con el fin de financiar sus operaciones”. Ello les pone fuera del alcance del modelo de extracción de rentas financieras y de expolio de lo público comandado por la red bancaria internacional dirigida desde Basilea. Tamaño atrevimiento resulta motivo más que suficiente para situarse en el punto de mira de los halcones del Pentágono. Según Ellen Brown, el general estadounidense Wesley Clark se refirió a siete ‘estados forajidos’ –Irak, Libia, Somalia, Sudán, Irán, Siria y Líbano- que serían objeto de ataque luego del 11-S de 2001. “¿Qué tenían en común estos países? Además de ser islámicos, no eran miembros ni de la Organización Mundial del Comercio ni del Banco de Pagos Internacionales. Esto los dejó por fuera del largo brazo regulador del banco central de los banqueros centrales en Suiza “. Irak, Libia, Irán y Siria –cuya destrucción en curso, con destacada presencia imperialista, amenaza con sumir en el mismo caos absoluto en el que quedó Libia a toda la región-, los más renuentes a plegarse a los dictados del “largo brazo” de la turbia argamasa de las geofinanzas globales, han pagado su condición de parias siendo situados en la diana de la maquinaria geopolítica imperial.
Tras el reciente acuerdo sobre la desactivación del programa nuclear iraní, las draconianas sanciones han sido “provisionalmente” retiradas

Con Irán, el más poderoso de los cuatro, las armas de destrucción masiva fluían por otros canales. Como explica Jalife-Rahme: “Estados Unidos desencadenó su bomba financiera de neutrones (sic): la exclusión del sistema financiero y del comercio basado en dólares. La prueba de que las sanciones financieras contra Irán forman parte de la guerra financiera global llegó cuando el 5/2/12 Estados Unidos desencadenó su última arma financiera: los bancos occidentales fueron advertidos (sic) de que serían eliminados del sistema de pagos del dólar si realizaban transacciones con el banco central de Irán. El rial (divisa persa) se desplomó “más de 40 por ciento (…) con hiperinflación, fuga de depósitos y alza de las tasas de interés, con consecuencias de grave malestar popular”. Tras el reciente acuerdo sobre la desactivación del programa nuclear iraní, las draconianas sanciones han sido “provisionalmente” retiradas. A cambio de su “reconexión” al sistema bancario mundial, el banco central estatal iraní pedirá en un futuro muy próximo a sus entidades adherirse a los estándares de capital internacional, conocidos como Basilea III –fijados por el BPI- con el fin de reforzar la solvencia de su balance. Si no es una “vuelta al redil”, se parece bastante.
Así pues, quizás no sería demasiado aventurado elucubrar –en una levísima concesión a las inanes “conspiranoias”- que la drástica operación de cirugía financiera de la comandancia imperial contra la línea de flotación de las finanzas persas contara con el beneplácito de los oscuros funcionarios –encabezados por el español Jaime Caruana, antes gobernador del Banco de España y fiel escudero a continuación del probo don Rodrigo Rato en el FMI: ¡qué magnífico ejemplo de “puertas giratorias”!- que pululan por los magnificentes salones de la compacta y misteriosa Torre de Basilea.

3-Grecia. El golpe blando

Grecia sí es miembro del Banco Internacional de Pagos. Contra los ya sometidos a la férula de los dogmas de la banca central “independiente” y sus cabilderos institucionales –en el caso europeo, el insólito invento de la Troika (BCE, FMI y Comisión Europea)-, los procedimientos para encauzar a los revoltosos difieren de los expeditivos escarmientos manu militari perpretrados contra los parias de las finanzas globales. Empero, la aparente asepsia falsamente neutral de las medidas adoptadas no atenúa su contundencia ni encubre la imperiosa necesidad de atajar el mal de raíz. Ante la leve resistencia mostrada por el “radical” gobierno griego de Syriza en la primavera de 2015 a aceptar los severísimos recortes impuestos por la Troika para volcar el grueso de los recursos del país al pago de la deuda –dejando sin medicinas o en la inanición a la parte más desvalida de la población si era necesario-, los acreedores de la banca franco-alemana no necesitaban reeditar el infausto golpe de los coroneles.
Bastaba una asonada financiera ejecutada limpiamente por el BCE y “cocinada” por sus mamporreros en las agencias de rating – un oligopolio de tres mastodontes de Wall Street, cuyas “objetivas” evaluaciones degradando la nota crediticia de empresas y países “marcan el blanco” para su posterior aniquilación a cargo de la artillería financiera del BCE y los bazookas de los hedge funds– para aplastar el conato de insubordinación y mandar un aviso para navegantes. El fulminante diktat del guardián del euro –“cerrar el grifo” de liquidez de la ruinosa banca griega, previamente degradada su ya deplorable calificación por las “imparciales” agencias- que obligó al renuente gobierno heleno a prosternarse aceptando el baldón de un humillante acuerdo –incluso peor que el que unos días antes el pueblo griego había rechazado en referendo- reflejó de forma palmaria la humillante condición de los actuales Estados “soberanos”, reducidos a meros limosneros del sector financiero global.
Se trataba no tanto de cobrar una deuda -más bien irrisoria, dado el raquítico tamaño de la economía griega-, como de impedir que pudiera cundir el deletéreo ejemplo de oponer cierta resistencia al “austericidio”. Para un miembro del Banco de Pagos Internacionales y del ruinoso euro –en cuyo diseño colaboró activamente, dicho sea de paso, el “banco secreto” de Basilea-, la camisa de fuerza de la aceptación de las reglas del sistema bancario global obligaba al díscolo gobierno -que en su propaganda electoral afirmaba ufano que “iba a devolver la dignidad a su pueblo”- a rendir pleitesía a la retornada Troika o quedar inerme ante el “garrote vil” accionado por el banco del euro. Enviando de paso un nada sutil mensaje a los émulos de la pueril ilusión reformista de Syriza –introducción de nimias medidas paliativas del desbrozamiento neoliberal sin alterar lo más mínimo los cimientos del statu quo– en otros países del Sur de Europa para que tomen nota de “quién está en el puesto de mando”.
El banco central puede encender el interruptor del crédito o apagarlo a su antojo
De nuevo Ellen Brown: “Y el BCE, al igual que la Reserva Federal de los Estados Unidos, marcha al compás de los tambores de los grandes bancos internacionales. El banco central puede encender el interruptor del crédito o apagarlo a su antojo. Cualquier país que se resista a estar de acuerdo con el programa de austeridad de los acreedores puede encontrar que sus bancos han sido separados de esta liquidez esencial, siendo etiquetados por las agencias de rating como no ‘buenos riesgos crediticios’. Esta sentencia condenatoria se convierte en una profecía autocumplida, como está sucediendo ahora en Grecia”. Un año después de su ejecución sumaria en el altar del austericidio, la economía griega sigue en “parada cardiorrespiratoria” y ha desaparecido de la diana informativa de los mass media -palafreneros mediáticos de sus propietarios, los fondos de inversión del gran capital global-. Pero cumple escrupulosamente con los pagos de la deuda, está aplicando ejemplarmente el tercer “rescate” de la “manirrota” Troika y, según la imparcial Comisión Europea –sin esforzarse siquiera por disimular su alborozo-, sigue dando “pasos decididos” en la aplicación del nuevo paquetazo de reformas estructurales y privatizaciones de servicios y bienes públicos. Misión cumplida.

4-Ayuntamiento de Cleveland. Caza menor


El patrón esbozado anteriormente para “doblar el espinazo” a los renuentes a someterse a los dictados de la guardia pretoriana del capital global sigue una pauta calcada en las masivas privatizaciones ejecutadas bajo la égida neoliberal desde los años 70.
"Suéltenos su compañía energética o le arruinaremos las finanzas de la ciudad”

La artillería financiera de la gran banca -en estrecha colusión con los grandes oligopolios privados y los poderes públicos obsecuentes a sus demandas- dirige de forma preferente sus baterías contra todo lo que huela a obtención de rentas monopólicas a través de la fagocitación de servicios públicos. Pergeña para ello voraces maniobras para arramblar con las compañías de suministros de energía -o cualquier empresa pública suficientemente rentable de la que pueda sacar tajada-.
Gracias a los ríos de liquidez proporcionados a los bancos y fondos de inversión por las políticas monetarias de los serviciales bancos centrales, tales prácticas depredadoras, después de treinta años de Consenso de Washington, han alcanzado el paroxismo en la fase actual de desembridada expropiación financiera.
“Suéltenos su compañía energética o le arruinaremos las finanzas de la ciudad”. La suasoria advertencia la recibió Dennis Kucinich, alcalde de Cleveland a finales de los años 70, al negarse en redondo -ante las intensas presiones de los capos de las finanzas locales y sus acólitos en los think tanks y los tabloides- a privatizar la compañía eléctrica y el banco municipales. El cambalache, tal como lo describe Michael Hudson, es paradigmático de la “delicada” forma de operar de los depredadores de las finanzas:
“Los bancos y algunos de los principales clientes de éstos habían puesto los ojos en la privatización de la empresa pública de electricidad. Los privatizadores querían comprarla a crédito (con unos intereses fiscalmente deducibles, que privaban al gobierno de recaudar los correspondientes ingresos fiscales) y aumentar drásticamente los precios para poder pagar exorbitantes remuneraciones a sus ejecutivos, ultrajantes honorarios de suscripción del crédito a los bancos y unas bonitas compensaciones a las agencias de calificación de riesgos. Los bancos le pidieron al alcalde que les vendiera el banco municipal, prometiendo ayudarle a ser gobernador si traicionaba a su electorado. Kucinich se negó”.
Mientras tanto, los bancos y sus principales clientes locales habían invertido fuertemente en el competidor de propiedad privada de Municipal Light, Cleveland Electric Illuminating Company. En una serie de acciones que funcionarios de la ciudad, el Senado de EE.UU. y las agencias reguladoras consideraron inapropiadas (el uso común diría criminales), CEI recurrió al matonismo descarado causando una serie de interrupciones del servicio y trabajó con los bancos y las agencias calificadoras para tratar de obligar a la ciudad a venderle la empresa de servicio público. Al rechazar de nuevo el enjuague el indócil regidor, los bancos –cual vulgares extorsionadores- dijeron que no podrían renovar sus líneas de crédito a una ciudad tan renuente a equilibrar sus cuentas privatizando sus empresas más lucrativas. Recurriendo a las añagazas de sus perros de presa, las agencias de rating -cuyas notas negativas representan, como en el caso de Grecia, sentencias de muerte financieras para sus víctimas- degradaron la calificación crediticia de la ciudad impidiendo con ello su acceso a los canales ordinarios de financiación y provocando tres quiebras en un año de las maltrechas finanzas municipales.
Incluso así, Kucinich se mantuvo firme y osó retar al enemigo convocando un referendo–en perfecta sintonía con el caso griego: apelar a la legitimidad popular contra las mendaces fullerías de los oligarcas; vana ilusión- que confirmó abrumadoramente la propiedad pública de la empresa eléctrica. A pesar de la incontrovertible sentencia del juez supremo de la soberanía popular, los perpetradores del latrocinio no pararon mientes en la enormidad del atropello y el desenlace del desigual duelo siguió el patrón habitual.
Ante la ruina de las finanzas públicas del Ayuntamiento y la formidable presión de la maquinaria mediática calificando al irredento munícipe poco menos que de radical comunista que llevaba a la ruina a la ciudad, el oponente conservador ganó las elecciones municipales de 1979. La pamema subsiguiente es fácil de intuir. Según el New York Times, “Con Kucinich fuera de la oficina, el Gobernador James A. Rhodes, el mando de Senado Estatal, y el Ayuntamiento estuvieron listos para promulgar la legislación que permitiría que la ciudad entrara de nuevo en el mercado de la deuda”. El ayuntamiento volvió al redil al llegar a un acuerdo para refinanciar la descomunal deuda con los bancos y “por primera vez en años” generó un superávit fiscal en 1981. La empresa de suministro eléctrico privado absorbió a la empresa pública. Standard and Poor’s y Moody’s subieron inmediatamente la calificación crediticia del ayuntamiento desde el bono basura hasta el aprobado alto. La conclusión del artículo del New York Times es de una franqueza impagable: “La historia sugiere que la economía de Cleveland era bastante sana bajo Kucinich, y que el factor crítico en la crisis fiscal de la ciudad no era simplemente la economía sino la economía política (sic)”.

5-Dominique Strauss-Kahn. Fuego amigo

Para el fastigio de la plutocracia imperial usamericana hay otro puntal cuyo cuestionamiento desata la incontenible furia del hegemon: el “privilegio exorbitante” del que goza el dólar como herramienta esencial de la “máquina de succión” de la riqueza global hacia la economía estadounidense en su condición de moneda de reserva mundial. Como explica Hudson: “El dólar es la así llamada “divisa internacional” porque la Reserva Federal y sus acaudalados protectores son los directores de la cábala bancaria EE.UU.-Europa-Japón que está en el centro del timo global del dinero fiat [sin respaldo metálico]”.
Para el bloque financierista de Wall Street/La City (Londres) cualquier pretensión de mermar la ineluctable hegemonía geopolítica de la moneda imperial -como pudo comprobar el incauto Gadafi en sus propias carnes- es crimen de lesa majestad y significa un casus belli en toda regla. Aunque ello signifique activar el “fuego amigo” contra los supuestos aliados que cometen el dislate de “tocar la tecla equivocada”.
Dominique Strauss-Kahn, director gerente del FMI –el sancta santorum de la ortodoxia neoliberal usamericana-, se metió, como dice Claudio Vargas, “donde nadie le llamaba”. Se trataba–bajo intensas presiones ruso-chinas y un cierto tufillo de chauvinisme antiamericano y nostalgia de la grandeur– de afectar la preeminencia del capo di tutti capi de los bancos centrales –la Reserva Federal usamericana- potenciando el papel de los Derechos Especiales de Giro -una cesta de divisas del FMI formada por el euro, el yen y la libra, con la reciente inclusión del yuan chino, utilizada asimismo, en otra curiosa coincidencia, por el BPI en sus operaciones de arbitraje- en los planes de asistencia financiera del fondo en detrimento del todopoderoso billete verde.
Dominique Strauss-Kahn se metió, como dice Claudio Vargas, “donde nadie le llamaba"

El “cipayo” con ínfulas de cimarrón pretendía aplicar la tesis del economista belga Robert Triffin que argüía que la hegemonía perpetua del dólar provocaría crisis y desequilibrios crecientes en los flujos financieros internacionales: “ningún país debería cargar en solitario con la hercúlea tarea de suministrar liquidez al comercio internacional porque ni es bueno para ese país, ni es bueno para el resto del mundo”. A pesar de la prosapia y grueso blindaje de los de su ralea, su suerte estaba echada. Mike Whitney explica el motivo del sumario defenestramiento subsiguiente: “¿Puedo deciros de qué va esto? Va sobre el dólar. Strauss-Kahn había reclamado una nueva moneda de reserva que transformaría el dominio del dólar y protegería contra la recurrente inestabilidad financiera pero… ¿sabía que sus acciones molestarían enormemente a gente muy poderosa y bien conectada?”. Parece que el osado plan de reforma incluía, según Thierry Meyssan, utilizar el dinar-oro libio como moneda piloto del experimento monetario. Tener tratos con el abyecto dictador africano era mucho más de lo que “la gente muy poderosa y bien conectada” podía soportar. El pedestre final de la historia –encarcelamiento y oprobiosa exhibición pública del alto dignatario, alias “el gran seductor”, acusado de violación de una empleada de su hotel neoyorquino- se convirtió en la carnaza de los tabloides durante semanas. El enjuague tenía inopinadas aristas (“varias personas hicieron depósitos en efectivo -que ascienden a unos 100.000 dólares- en la cuenta bancaria de la víctima en los últimos dos años”) que, una vez apagada la estruendosa faramalla mediática, desinflaron la acusación contra el lujurioso Dominique. Significa lo anterior que, como dice Whitney, “no cometiera violación con la mujer que estaba en su habitación. Obviamente no, de hecho, es muy probable que fuera culpable”. Tras la ignominiosa eliminación del molesto adversario, su obsecuente sucesora –muy plausiblemente, los mandamases de la banca de Wall Street que la nombraron se cuidaron muy mucho de repetir el error- congeló fulminantemente la reforma monetaria manteniendo intacto el statu quo: “la iniciativa no ha prosperado desde entonces”.
Mossen-Zadehi resume brillantemente el reiterado modus operandi ejemplificado anteriormente: “Aunque la forma, el contexto y los medios utilizados para su destrucción pueden ser distintos, el sentido de los temerarios ataques a las condiciones de vida del pueblo libio, iraní, venezolano o cubano es fundamentalmente el mismo que el de las brutales agresiones a las condiciones de vida de los pobres y la clase trabajadora en Estados Unidos, Reino Unido, Francia y otros países capitalistas. De modo sutil, esta ofensiva es parte de la lucha de clases unilateral que está teniendo lugar a escala mundial. El hecho de que se recurra a medios militares y bombardeos o se lleve a cabo mediante procesos “no violentos” de carácter legislativo o judicial no supone una diferencia sustancial en lo que se refiere al impacto que estos ataques tienen en la vida y los medios de subsistencia de la gente”.

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